Certificados negativos de sucesión y testamento, ahora online

La obtención de esos documentos será inmediata, en formato digital y no será necesario ir a las oficinas registrales

La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) dispuso que la obtención del Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada y del Certificado Negativo de Inscripción de Testamento se gestione solo en línea a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL), desde cualquier dispositivo con internet y que su expedición sea inmediata.

Ambos certificados brindan información sobre la existencia o no de inscripciones o anotaciones preventivas vigentes extendidas en los registros de Sucesiones Intestadas y de Testamentos, a nivel nacional, acerca de un determinado causante o testador.

El Certificado positivo o negativo de sucesión intestada permite verificar si se ha iniciado o no un procedimiento de sucesión intestada, que ocurre cuando una persona fallece sin dejar testamento y sus herederos – cónyuges, hijos y otros familiares – inician los trámites para recibir los bienes heredados.

En tanto, el Certificado positivo o negativo de testamento permite conocer si una persona dejó o no un testamento. De ser positivo, los herederos reconocidos podrán continuar con los trámites para registrar los bienes heredados. Caso contrario, el certificado negativo servirá a quienes se consideren herederos para iniciar una sucesión intestada.

Para obtener esos documentos, había dos caminos: ir a las oficinas registrales o, gestionarlo virtualmente mediante el SPRL, y esperar un plazo de tres días hábiles. Pero, según la resolución N° 00152-2024-SUNARP/SN ahora, la obtención de esos certificados se podrá realizar solo ingresando al SPRL de la web de la Sunarp desde cualquier dispositivo con internet, y su expedición será inmediata.

De acuerdo con la mencionada norma, este nuevo formato digital cuenta con medidas de seguridad para comprobar su autenticidad, como el Código de Verificación Digital (CVD) y el código QR, y tiene valor para todo tipo de procedimiento ante una institución pública o privada. Contiene información como nombre del testador o causante, su documento oficial de identidad, la existencia de títulos pendientes, el día y hora de su expedición, entre otros

Si alguien quisiera verificar la autenticidad de la versión impresa de cualquiera de los certificados, podrá hacerlo dentro de un plazo de noventa (90) días calendarios, contados desde su fecha de emisión, en la plataforma Síguelo Plus.

Para gestionar los certificados a través del SPRL, el solicitante debe indicar, entre otros, el documento oficial de identidad y el nombre del causante o testador a fin de que el sistema realice la búsqueda en el Índice Nacional de Sucesiones así como en el Índice del Registro de Sucesiones Intestadas y del Registro de Testamentos de la Oficina Registral competente, para que, de corresponder, se emita los citados certificados con firma digital de la Sunarp.

De acuerdo a la Sunarp, los certificados negativos de inscripción de sucesión intestada y de testamento han experimentado una importante demanda, especialmente para el proceso no contencioso de sucesión intestada. Así, de enero del 2023 a septiembre del 2024 se han atendido a través del SPRL un total de 163 111 certificados. De ahí la necesidad de agilizar y simplificar su expedición.

CÓMO OBTENERLO

  1. El usuario debe ingresar su usuario y contraseña en el SPRL. Luego se mostrará el formulario donde deberá seleccionar el servicio a solicitar.
  2. Para ello debe ingresar a la opción “Solicitar publicidad certificada (vigencias, CRI, etc.)”, selecciona el registro jurídico (Registro de Personas Naturales) y tipo de servicio (Certificado Negativo de Sucesión Intestada-SPRN) o (Certificado Negativo de Testamentos-SPRN) dependiendo del certificado que vaya a requerir.
  3. El usuario indica la oficina registral que emitirá el certificado y el sistema realizará la búsqueda a nivel nacional; asimismo, el usuario debe indicar los datos de la persona fallecida (causante o testador) respecto de quien se emitirá el certificado. El SPRL deberá validar la existencia de los siguientes datos: – Oficina Registral (dato obligatorio). – Documento Oficial de Identidad (DNI, CE, PS, CI, CIP, DOI, otro). – Nombres y apellidos (dato obligatorio).
  4. El SPRL deberá validar que todos los datos obligatorios sean ingresados. Luego, al momento que el usuario solicita el certificado, el sistema emitirá un mensaje de validación, a fin de que el usuario verifique los datos ingresados, y confirme o modifique, según corresponda, toda vez que el certificado será expedido conforme lo solicitado.
  5. La plataforma tendrá la posibilidad de realizar el pago mediante dos mecanismos: pago con tarjeta de crédito o débito o vía el monedero del SPRL. La tasa registral por cada uno de los mencionados certificados es de S/ 12.30.
  6. El SPRL deberá enviar un correo electrónico al correo afiliado al momento de la suscripción, donde será enviado el Recibo de Pago de la Publicidad; y a la casilla electrónica de estar afiliado.
  7. El sistema SPRL verifica y expide el documento electrónico con la suscripción del certificado digital de agente automatizado.