Propietarios serán sancionados con multas de hasta más de 10 mil soles si incumplen con registrar a extranjeros en la plataforma digital gratuita.
Si tienes un hospedaje, Airbnb o alquilas un inmueble, debes saber que estás obligado a registrar el documento de identidad o de viaje de las personas extranjeras en el Registro de hospedaje y arrendamiento para extranjeros, una plataforma gratuita implementada por la Superintendencia Nacional de Migraciones.
Para hacerlo, debes ingresar en el siguiente enlace: https://registrohuespedes.migraciones.gob.pe/web_sigrhe/ResponsableHospedaje/Index
También puedes ingresar desde la web de Migraciones, luego, bajar hasta Trámites y servicios y luego Registro de hospedaje y arrendamiento.
Como se puede ver al ingresar a la plataforma, el primer paso es registrar tu establecimiento de hospedaje o propiedad en alquiler y también al representante legal del mismo o propietario según sea el caso.
Luego, deberás registrar a tus huéspedes o inquilinos extranjeros quienes tendrán que presentar su pasaporte vigente, en caso se encuentren como turistas, o su Carné de Extranjería o Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) si es que son residentes en el Perú.
Este registro, que entró en vigencia el 10 de diciembre, fue establecido en el Decreto Supremo N.° 011-2024-IN, que modifica la Ley de Migraciones y su Reglamento, y que obliga a los hospedajes y arrendadores a exigir los documentos de viaje o de identidad de las personas extranjeras, como parte de las acciones contra el crimen organizado.

De acuerdo con Migraciones, lo que se busca es brindar garantía a los propietarios de los establecimientos sobre la identidad de sus huéspedes o inquilinos para mitigar el riesgo del uso de sus locales para actividades ilícitas.
Lo que se busca es brindar garantía a los propietarios de los establecimientos sobre la identidad de sus huéspedes o inquilinos para mitigar el riesgo del uso de sus locales para actividades ilícitas.
Igualmente, se busca reforzar la seguridad migratoria y el orden interno, además de fomentar una migración segura, ordenada y regular, así como estandarizar que, tanto peruanos como extranjeros cumplan las mismas exigencias para acceder a los referidos servicios.
¿Qué pasa si no registro?
El incumplimiento del DS 011-2024, conlleva a la imposición de las siguientes sanciones de multa al titular de los servicios de hospedaje:
- Por no solicitar a la persona extranjera los documentos de viaje o identidad que autorizaron su ingreso al territorio nacional, multa equivalente a una (1) UIT.
- Por brindar alojamiento sin registrar la nacionalidad, fecha de nacimiento, nombres y apellidos completos, así como el número de documento de identidad o de viaje de la persona extranjera que acogen, Multa equivalente a una (1) UIT.
- Por no remitir a Migraciones el registro o información sobre nacionalidad, fecha de nacimiento, nombres y apellidos completos, así como el número de documento de identidad o de viaje de la persona extranjera que hospede, una multa equivalente a dos (2) UIT.
¿Qué es la UIT?: La Unidad Impositiva Tributaria (UIT) es el valor en soles establecido por el Estado para determinar impuestos, infracciones, multas y otros aspectos tributarios. Su valor para el año 2024 es de S/ 5,150, de acuerdo con el DS 309-2023-EF.