Nueva Ley 32374 incorpora tecnología digital en la investigación preparatoria

junio 16, 2025

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley N° 32374 que moderniza el Nuevo Código Procesal Penal (Decreto Legislativo N° 957) que abre paso a la digitalización de la investigación preparatoria. Esta reforma permitirá el uso de tecnologías digitales para agilizar procesos clave como la remisión de la carpeta fiscal, las declaraciones del imputado y otras diligencias propias del ámbito penal.

En su único artículo, la Ley  N° 32374 modifica los artículos IX del título preliminar, 86, 88 y 337 del Nuevo Código Procesal Penal, Decreto Legislativo 957 

¿Cuáles son esos cambios en materia digital?

  • Las partes, durante la investigación fiscal, tienen el derecho de solicitar al Ministerio Público la remisión de manera virtual de la totalidad o parte de la carpeta fiscal. Es por ello que el fiscal encargado de conducir la investigación está obligado, bajo responsabilidad funcional, a remitir al correo electrónico indicando la totalidad o parte de la carpeta fiscal requerida sin costo alguno para la parte solicitante. Este mismo supuesto se aplica para las copias certificadas digitales.
  • A lo largo de las actuaciones procesales y en cualquiera de las etapas del proceso penal, el imputado tiene derecho a prestar declaración, sea de manera presencial o por videoconferencia en circunstancias particulares debidamente justificadas, y ampliarla, a fin de ejercer su defensa y responder a los cargos formulados en su contra.
  • Si la declaración se realiza mediante videoconferencia, se almacenará en soporte magnético y se anexará al acta fiscal. Si el imputado se niega a declarar, total o parcialmente, se hará constar en el acta.
  • Los sistemas informáticos utilizados para la toma de declaraciones deberán garantizar estándares de accesibilidad, a fin de proteger los derechos de las personas con discapacidad.

Mayor eficiencia

Al respecto, Jennifer Barzola Pillaca, especialista en Derecho Penal, consideró que esta reforma permitirá a todas las partes procesales fortalecer y ejercer su derecho de defensa al hacer más accesible la información de la carpeta fiscal a todos los involucrados en el proceso penal.

Afirma que si bien el acceso a copias digitales ya estaba contemplado en el inciso 1 del artículo 138 del Código Procesal Penal (CPP) del 2004 y se consideraba implícitamente parte del derecho de defensa, la modificación reciente lo confirma de manera expresa.

“Ahora, queda claro que la entrega de copias digitales es una manifestación concreta del derecho de defensa, y por lo tanto, la fiscalía tiene la obligación de proporcionarlas”, puntualizó.

Igualmente, destacó que, con esta norma, el derecho de defensa, que comprende la facultad de solicitar copias simples digitales de la carpeta fiscal, se extiende a todas las partes del proceso, sin limitarse solo al investigado.

“En definitiva, la facilidad de acceso al contenido de la carpeta fiscal y la provisión gratuita de copias simples digitales garantiza un proceso justo y equitativo al permitir que todas las partes procesales actúen en igualdad de condiciones. La implementación de la remisión electrónica de copias simples promueve la celeridad y la economía procesal, reduciendo costos y tiempos de tramitación. Esto supone un ahorro significativo de tiempo y recursos económicos para las partes involucradas”, manifestó.

DATOS

La investigación preparatoria es un proceso de recopilación de información y pruebas para determinar si un delito se cometió y si hay suficientes elementos para llevar a juicio a alguien.