Ejecutivo establece medidas para hacer más accesibles a las plataformas digitales del Estado

junio 27, 2025

Las entidades públicas tendrán un plazo máximo de hasta dos años para incorporar mecanismos que hagan más accesibles sus servicios o plataformas digitales  a fin de que todos los ciudadanos puedan acceder y utilizar los servicios digitales en igualdad de condiciones.

Eso significa que los servicios o plataformas digitales deben permitir el intercambio de información, así como su funcionamiento de manera sencilla, clara y de fácil comprensión para el usuario, independientemente de su condición, capacidades, conocimientos y habilidades.

Para ello, la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) publicó el 26 de junio, la resolución Nº 001-2025-PCM/SGTD en la que establece el “Lineamiento para el diseño y desarrollo de servicios o plataformas digitales accesibles para personas con discapacidad en las entidades de la Administración Pública”. 

¿CÓMO DEBERÁN SER LOS SERVICIOS DIGITALES DEL ESTADO?

  • Accesibilidad desde el diseño y estándares internacionales (WCAG 2.2): Las entidades públicas deben incorporar de forma obligatoria las Pautas de Accesibilidad para el Contenido Web (WCAG, por su abreviatura en inglés) en su versión 2.2 y posteriores versiones, como estándar mínimo de accesibilidad para todos sus servicios y/o plataformas digitales.
  • Las WCAG versión 2.2 definen cómo hacer que el contenido web sea más accesible para las personas con discapacidad física, sensorial, intelectual y mental, para personas mayores con capacidades cambiantes debido a la edad y, para las personas usuarias en general.
  • Inclusión de lengua de señas peruana e integración de lenguas originarias: En el caso de los gobiernos regionales y locales, según su tipología, deberán incorporar preferentemente las lenguas originarias predominantes en sus territorios, a fin de asegurar el acceso equitativo de las comunidades indígenas a los servicios públicos digitales.
  • Equipos técnicos multidisciplinarios para su implementación: Además de los profesionales vinculados al ámbito informático, el equipo a cargo de la elaboración de los servicios digitales debe contar con un desarrollador (Front-End y Back-End por sus siglas en inglés), un redactor de experiencia de usuario (UXW por sus siglas en inglés) y un diseñador de experiencia e interfaz de usuario (UX/UI por sus siglas en inglés).

Asimismo, para que sea lo más claro posible, deben elaborar materiales de apoyo tales como instructivos, videos tutoriales, asistente virtual con o sin inteligencia artificial, chat en línea, pictogramas, entre otros.

PLAZOS

El cumplimiento del nuevo lineamiento será obligatorio y progresivo. Así tenemos:

  • Poder Ejecutivo, Poder Legislativo y Poder Judicial en un plazo no mayor de (12) doce meses 
  • Organismos Constitucionales Autónomos en un plazo no mayor de (12) doce meses.
  • Gobiernos regionales y universidades públicas en un plazo no mayor de (12) doce meses.
  • Gobiernos locales Tipo A y Tipo C en un plazo no mayor de (18) meses.
  • Gobiernos locales Tipo B en un plazo no mayor de (24) meses.
  • Las empresas públicas de los gobiernos regionales, locales, o bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) en un plazo no mayor de (12) meses.
  • Las entidades del artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, o norma que lo sustituya, no comprendidas en los incisos anteriores en un plazo no mayor de (18) meses.

La SGTD será la responsable de actualizar los lineamientos para el diseño accesible del servicio o plataforma digital a la versión WCAG vigente, así como de supervisar y brindar asistencia técnica.

Un aspecto interesante es que las entidades cuyos servicios o plataformas digitales cumplan con los criterios de accesibilidad establecidos en el Lineamiento, pueden postular al Sello de Accesibilidad Digital.