Pese al intensivo uso de las motocicletas en la comisión de delitos como el sicariato, las extorsiones, robos y lanzamientos intimidatorios de explosivos, el Gobierno pospuso la incorporación del chip de identificación por radiofrecuencia (RFID) en la calcomanía electrónica delantera de las placas de las motos y mototaxis.
Según había anunciado la Asociación Automotriz del Perú (AAP), a partir del 17 de diciembre de 2025, las placas de nuevas motocicletas vendrían con el RFID incorporado. En tanto, el reemplacamiento con RFID empezaría en febrero de 2026.
Sin embargo, mediante el Decreto Supremo N.° 021-2025-MTC, publicado en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, el Poder Ejecutivo dispuso la suspensión hasta el 30 de noviembre de 2026 de diversas medidas relacionadas con la implementación de la nueva Placa Única Nacional de Rodaje para vehículos menores de la categoría vehicular L.
De acuerdo con el decreto, se suspende el nuevo sistema de codificación, colores, dimensiones técnicas y elementos holográficos de las placas para motocicletas y otros vehículos menores.
Asimismo, se suspende la placa holográfica delantera como un nuevo componente obligatorio de la placa para este tipo de vehículos dispuesto en el Decreto Supremo N.° 007-2025-MTC.
Como parte de las disposiciones complementarias, el MTC deberá aprobar, en un plazo no mayor de cinco días calendario, la normativa complementaria necesaria para la implementación de lo dispuesto en el decreto supremo. La norma entrará en vigencia una vez que dicha regulación complementaria sea aprobada.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) explicó que la suspensión hasta el 30 de noviembre de 2026 responde a la necesidad de contar con acciones técnicas, operativas y administrativas complementarias que permitan una transición ordenada del sistema de identificación vehicular, evitando afectar a los usuarios.
Asimismo, garantizar la continuidad del servicio de expedición de placas y la correcta identificación vehicular.
¿QUÉ ES LA TECNOLOGÍA RFID?
El RFID (siglas en inglés de Radio Frequency Identification) o Identificación de Radio Frecuencia es una tecnología de comunicación inalámbrica que utiliza ondas de radio para el seguimiento de objetos mediante identificación digital.
La RFID permite rastrear el paso de las motos por puntos específicos con antenas lectoras, lo que facilitará las intervenciones en caso de infracción o actividad sospechosa. También podrá usarse para peajes electrónicos. Es decir, no solo es para “etiquetar” la moto, sino también para integrar a sistemas de transporte inteligente.
Es por ello que el Congreso promulgó la Ley N° 32184 (noviembre 2024), que modifica la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, para fortalecer la identificación visual de los vehículos menores motorizados de la categoría L con cambios de características de su placa única nacional de rodaje. El objetivo: luchar contra la inseguridad ciudadana.
En cumplimiento de esta norma, mediante Decreto Supremo N° 021-2024-MTC se modificó el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje para establecer que, como parte de las medidas y acciones para contrarrestar la inseguridad ciudadana, las motocicletas deberán contar con un dispositivo identificador electrónico RFID que permitirá hacer un reconocimiento a distancia de la información del vehículo.
DATOS
- En Perú, las placas de motos (placas de rodaje) están reguladas por el MTC, que define sus características técnicas. La fabricación y entrega física de placas la hace la AAP, tras registrar la matrícula en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp).
NORMATIVA
- El Decreto Supremo N° 017-2008-MTC aprobó el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje
- La Ley N° 32184 (noviembre 2024), modificó la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, para fortalecer la identificación visual de los vehículos menores motorizados de la categoría L con cambios de características de su placa única nacional de rodaje.
- El Decreto Supremo N° 021-2024-MTC (diciembre 2024) modificó el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje para establecer que las motocicletas deberán contar con un dispositivo identificador electrónico RFID que permitirá hacer un reconocimiento a distancia de la información del vehículo.
- El Decreto Supremo N° 007-2025-MTC (abril 2025) modificó el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje para incorporar la placa holográfica delantera como nuevo elemento que conforma la placa de los vehículos menores de la categoría vehicular L.

