En Perú, el 87 % de las extorsiones se realiza a través de comunicaciones anónimas usando la vía telefónica. Para lograr el anonimato, una forma es concentrar en exceso líneas en pocas personas. Así, por ejemplo, se han identificado 143 ciudadanos con más de 50 líneas activas. Por ello, la regulación aprobada apunta a limitar la concentración desproporcionada de servicios móviles en una sola persona.
Es así que el Gobierno aprobó el Decreto Legislativo N° 1738 que establece la disponibilidad de un máximo de siete líneas móviles por persona natural, con el objetivo de reforzar la seguridad ciudadana, combatir las extorsiones, el anonimato, prevenir fraudes y la suplantación de identidad. El decreto entrará en vigencia el 14 de febrero de 2026.
La norma modifica el Decreto Legislativo N° 1338, que creó el Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (Renteseg), e incorpora un límite razonable a la contratación de servicios públicos móviles por personas naturales, sean nacionales o extranjeras residentes en el país.
¿Qué pasa con quienes ya tienen más de siete líneas? La norma establece que aquellas personas que ya tengan más de 7 líneas al momento de la entrada en vigencia de la norma podrán conservarlas, pero quedarán impedidos de contratar nuevas, sin perjuicio que puedan darlas de baja voluntariamente.
El Osiptel será el encargado de supervisar el cumplimiento de la disposición a partir del día de su promulgación y podrá ordenar a las empresas operadoras la baja de los servicios que excedan el límite, previo plazo para que los abonados regularicen su situación.
¿POR QUÉ EL LÍMITE DE LÍNEAS?
La limitación a siete líneas tiene el objetivo de disminuir el anonimato y, con ello, las extorsiones vía telefónica, sin afectar el patrón de consumo de los usuarios del país.
Según la Encuesta Residencial de Servicios de Telecomunicaciones (Erestel) 2024, a cargo del Organismo Superior de la Inversión en Telecomunicaciones (Osiptel), los usuarios peruanos suelen utilizar entre 1 y 6 líneas móviles, de manera que solo se frenaría la contratación de líneas a las personas que podría hacer un uso sospechoso o delictivo del servicio telefónico. Tampoco afectaría el crecimiento y la cifra de negocios de los operadores, porque el 66.6 % de los usuarios tiene entre una y dos líneas.
Además, la medida forma parte de las mejores prácticas internacionales orientadas a reducir los riesgos de criminalidad asociados al uso indebido de líneas móviles en actividades ilícitas.
México, recientemente, ha establecido un máximo de 10 líneas; en Brasil, las empresas se han autoregulado y establecido topes entre 5 y 10 líneas por usuario; en República Dominicana el límite es 8; y en países como Tailandia, Indonesia, Singapur, Bangladesh y Hungría varía entre 3 y 10 líneas.
DATO CLAVE
La medida se complementa con el fortalecimiento de los mecanismos de verificación y con herramientas como la plataforma Checa tus líneas, que permite a los ciudadanos conocer y reportar líneas cuya contratación no reconocen.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Usuario: terceros ya no podrán contratar líneas móviles a tu nombre

