La Sunarp permitirá hacer seguimiento en línea a cambios en partidas registrales

enero 2, 2026

A partir del 5 de enero de 2026, los certificados emitidos por el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL) no solo permitirán verificar su autenticidad, sino también hacer seguimiento a eventuales cambios posteriores en la partida registral, de acuerdo a la  Resolución N° 00233-2025-SUNARP/SN, publicada en boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano.

Hasta ahora, los certificados literales y compendiosos ofrecían una “foto” de la situación registral al momento de su emisión. Con la nueva mejora funcional, la Sunarp habilita un visor digital que informa si, después de emitido el certificado, se han presentado nuevas solicitudes de inscripción vinculadas a la misma partida. Esta información se podrá consultar durante un plazo de 90 días calendario, a través del ingreso del código de verificación en la plataforma Síguelo Plus o mediante la lectura del código QR, ambos, indicados en el certificado de publicidad.

Además, el sistema enviará alertas por correo electrónico al solicitante cuando se presente un nuevo título relacionado con la partida registrada. Este cambio resulta especialmente relevante para operaciones inmobiliarias, financieras y comerciales, donde el tiempo entre la emisión de un certificado y el cierre de una transacción puede ser crítico.

En la práctica, la mejora reduce riesgos como la venta doble de inmuebles, la constitución de gravámenes no advertidos o la aparición de actos registrales que podrían afectar la validez de un negocio en curso. Para compradores, bancos, notarías y empresas, el nuevo mecanismo aporta mayor transparencia y prevención, sin necesidad de solicitar certificados adicionales o realizar verificaciones presenciales.

Con esta medida, la Sunarp da un paso más en la digitalización de los registros públicos, pasando de un modelo de verificación estática a uno de seguimiento informativo, alineado con las exigencias del mercado inmobiliario y mercantil, donde la información oportuna es clave para garantizar seguridad jurídica y confianza en las transacciones.

¿POR QUÉ LA MEJORA DE LOS CERTIFICADOS DE PUBLICIDAD REGISTRALES?

La norma destaca que los certificados de publicidad literales y compendiosos son los servicios de la Sunarp con mayor demanda por parte de los ciudadanos y, a su vez, los que mayor incidencia tienen en el desarrollo del tráfico jurídico mercantil del país. Es por ello que se han impulsado mejoras sustanciales para reducir los plazos de expedición e incorporar mayores elementos de seguridad.

Así, el primer paso fue la expedición digital, a través de la plataforma SPRL, de la publicidad registral certificada con firma electrónica y código de verificación. Esto, con el objetivo de facilitar la obtención del documento sin acudir presencialmente a las oficinas registrales, reducir tiempos de atención y costos a los usuarios. (Resolución N° 236-2017-SUNARP/ SN que aprobó la Directiva N° 05-2017-SUNARP-SN)

Luego se introdujeron otros cambios tales como la virtualización de los mismos empleando firma electrónica o digital de la Sunarp, en condición de titular y suscriptor como persona jurídica, mediante el uso del agente automatizado, lo que reforzó su uso como documentos válidos ante entidades públicas y privadas.

Posteriormente, se generalizó el uso del Código de Verificación o Código de Verificación Digital (CVD) y del código QR, que permitían validar la autenticidad e integridad del certificado en plataformas digitales como “Síguelo Plus”. Sin embargo, esta verificación seguía siendo estática, limitada a confirmar que el documento no había sido alterado.