Solo tienes que solicitar a tu operadora y/o a las demás que restrinjan nuevos contratos de servicio móvil vinculada a tu documento de identidad. Ante ese pedido, las empresas quedarán impedidas de procesar cualquier pedido de contratación.
La contratación de línea a nombre de un tercero es una de las modalidades a las que recurre la delincuencia para abastecerse de equipos móviles con los cuales cometerá sus fechorías (extorsiones, fraudes, etc).
Para tener una idea de la magnitud del problema, en el año 2023, el Organismo Superior de la Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) detectó más de 80 casos de personas que tenían de 100 hasta más de 7000 líneas móviles registradas a un solo nombre. En algunos de ellos, los nombres no coinciden con los documentos de identidad consignados.
El caso más emblemático fue de aquella persona que tenía más de 7000 líneas móviles a su nombre sobre las cuales dijo no haberlas contratado.
Para evitar ser víctima en esta suplantación de identidad, el Osiptel dispuso que cualquier persona natural puede solicitar la restricción total para la contratación de nuevos servicios móviles a su nombre en todos los canales de venta habilitados por las empresas operadoras.
De acuerdo a la Resolución N° 00135-2025-CD/OSIPTEL (23 de diciembre de 2025), cualquier ciudadano, sea o no abonado de una empresa de servicios móviles, podrá acercarse o contactar a las operadoras para gestionar la mencionada restricción. Con ello, se busca evitar que las personas que no desean contar con servicios móviles -o que ya poseen los necesarios- sean víctimas de suplantaciones o contrataciones no solicitadas.
La norma precisa que la operadora deberá atender la solicitud del interesado en un plazo máximo de cinco días calendario, previa validación de identidad de la persona natural a través de la verificación biométrica.
Una vez activado este mecanismo de protección, la operadora quedará impedida de procesar cualquier solicitud de contratación de servicio móvil vinculado al documento de identidad del solicitante, salvo que este decida levantar la restricción de forma presencial y bajo los protocolos de seguridad vigentes.
La norma también establece un procedimiento de validación de identidad de las personas naturales que cuenten con más de diez líneas de servicios móviles registradas a su nombre, además de limitar la cantidad de contrataciones para personas naturales a un solo servicio móvil por mes y por empresa operadora, lo cual no afecta la portabilidad numérica.
IMPORTANTE: VERIFICAR SI HAY LÍNEAS A TU NOMBRE QUE NO RECONOCE
Tanto Movistar, Claro, Entel y Bittel envían mensajes de texto en los que informan a los usuarios la cantidad de líneas móviles que figuran a su nombre de tal manera que puedan adoptar las medidas pertinentes y oportunas en caso desconozcan su contratación.
También pueden verificar esta información en Checa tus líneas (https://checatuslineas.osiptel.gob.pe/). Si la línea móvil que desconocen es prepago, deben presentar un cuestionamiento de titularidad ante la empresa operadora. De ser una línea pospago, corresponde presentar un reclamo por contratación no solicitada.
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