Si hay algo que ha caracterizado a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) en los dos últimos años han sido los grandes pasos hacia la transformación digital, específicamente el acceso de sus usuarios al seguimiento de sus trámites a través de plataformas digitales gratuitas. Sin embargo, a veces esto colisiona con el derecho a la protección de datos personales.
Es por ello que, mediante Res. N° 00054-2026-SUNARP/SN publicada el 18 de abril en el boletín de normas legales del diario oficial El Peruano, la Sunarp dio marcha atrás en las funciones de la plataforma digital gratuita “Mire-ya, seguimiento transparente de expedientes” por considerar que sus funciones permitirían el acceso a documentos que pueden contener información de carácter sensible o confidencial.
Recordemos que el 4 de octubre de 2025, Sunarp implementó la plataforma “Mire-Ya, seguimiento transparente de expedientes” para que el usuario haga el seguimiento de los procedimientos como cierre de partidas por duplicidad, reproducción o reconstrucción de partidas registrales y de títulos archivados.
Posteriormente, mediante la Resolución N° 171-2025-SUNARP/SN (noviembre, 2025) amplió las funciones de la plataforma digital para permitir que el usuario acceda a todos los expedientes administrativos generados por documentos presentados presencial y virtualmente, excepto aquellos que podían afectar el derecho de acceso de la información pública previstas en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Sin embargo, con el paso de los meses, la Sunarp observó las consultas realizadas por los usuarios en la plataforma digital, y advirtió que los números de expedientes podían ser sondeados fácilmente, lo que permitiría el acceso a documentos ingresados a la entidad, incluyendo aquellos que podrían contener información de carácter sensible o confidencial.
Es por ello que dio marcha atrás y volvió al punto de partida: «Mire-ya, seguimiento transparente de expedientes”, servirá únicamente para el seguimiento de los procedimientos de cierre de partidas por duplicidad, reproducción o reconstrucción de partidas y títulos archivados.
“Esta resolución plantea una tensión relevante para el Derecho Registral y el Derecho a la Información Pública: ¿cómo diseñar plataformas de acceso ciudadano que sean transparentes sin comprometer la confidencialidad de documentos no públicos? La respuesta de SUNARP en este caso es clara: primero, arquitectura segura; luego, ampliación de acceso”, comentó al respecto, el notario de Lima Gustavo Gonzales en su cuenta de LinkedIn.

