Los afiliados que decidan trasladarse entre el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y el Sistema Privado de Pensiones (SPP) realizarán parte importante del procedimiento mediante la Plataforma de Afiliación Segura y Transparente (PAST), una herramienta digital que permitirá registrar solicitudes, validar información y hacer seguimiento al trámite.
Aunque la implementación de la PAST ya había sido anunciada como parte de la reforma del sistema previsional, el nuevo Reglamento Operativo de Traslados, aprobado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), establece con mayor detalle cómo intervendrá esta plataforma cuando una persona decida pasar de la ONP al sistema privado o viceversa.
La plataforma no funcionará únicamente como una ventanilla para ingresar solicitudes. Tendrá capacidad para realizar validaciones automáticas en línea, intercambiar información entre las entidades involucradas y detectar si existen impedimentos para iniciar determinados trámites.
¿A partir de cuándo se podrán efectuar estos traspasos? El Reglamento Operativo establece un periodo de adecuación para que la ONP y las empresas administradoras de fondos adapten sus procesos internos, cuyo plazo no podrá exceder del 31 de mayo de 2027. Mientras tanto, vayamos conociendo cómo funcionará
¿CÓMO SE INICIARÁ UN TRASLADO DE LA ONP AL SISTEMA PRIVADO?
Según la norma, el primer traslado entre el SNP y el SPP podrá efectuarse en cualquier momento. Para traslados posteriores, el afiliado deberá haber permanecido como mínimo 24 meses en su régimen previsional actual.
En el caso del traslado del SNP al SPP, el procedimiento comenzará mediante el registro de los datos personales en la PAST. Una vez autenticado, el afiliado tendrá acceso a un Boletín Informativo con las condiciones, requisitos y beneficios de cada régimen y deberá confirmar expresamente que lo ha leído antes de continuar.
Posteriormente, tendrá que completar el formulario de traslado y registrar y validar sus datos de contacto, entre ellos obligatoriamente un correo electrónico y número de teléfono celular.
¿QUÉ VERIFICARÁ AUTOMÁTICAMENTE LA PLATAFORMA?
Una de las principales características establecidas por el nuevo reglamento es que la PAST realizará validaciones automáticas en línea utilizando información procedente de entidades competentes y fuentes oficiales.
Entre otros aspectos, verificará la identidad y supervivencia del solicitante, su afiliación y situación previsional, si tiene la condición de pensionista, la existencia de solicitudes o trámites en curso relacionados con beneficios previsionales y, cuando corresponda, si cumplió el periodo mínimo exigido para volver a cambiar de régimen.
Si el afiliado supera estas verificaciones, la plataforma generará un prerregistro de la solicitud para su revisión. En cambio, si no cumple las condiciones necesarias, la PAST no permitirá continuar con el registro y mostrará el mensaje correspondiente. Reglamento traslados
Una vez confirmado el registro, la plataforma remitirá una constancia de recepción para que el solicitante pueda realizar el seguimiento de su trámite.
¿QUÉ SUCEDE DESPUÉS DE PRESENTAR LA SOLICITUD?
En un traslado del SNP al SPP, la ONP tendrá un plazo máximo de 30 días hábiles desde la presentación de la solicitud para revisar y evaluar la acreditación de los aportes efectuados al sistema público. Como resultado de esa evaluación, generará el Reporte Situacional del Afiliado al Sistema Nacional de Pensiones (RESIT-SNP) y lo incorporará en la PAST para continuar con el procedimiento.
El reporte será comunicado al afiliado mediante la plataforma. La constancia de traslado también será notificada por esta vía y comunicada a la SBS y a la empresa administradora correspondiente. Reglamento traslados
Una vez producido el traslado, la incorporación al nuevo régimen también tendrá un componente automatizado: la SBS, utilizando la información disponible en la PAST, incorporará automáticamente al afiliado al SPP al día siguiente de recibir la constancia de traslado. Desde ese momento se actualizará su situación dentro del Sistema Integral Previsional Peruano (SIPP). Reglamento traslados
¿CÓMO SERÁ EL TRASLADO DE UNA AFP A LA ONP?
El procedimiento tiene algunas diferencias cuando una persona decide pasar del SPP al SNP.
En este caso, la solicitud se presenta ante la Empresa Administradora de Fondos (EAF) correspondiente, que deberá verificar los requisitos y condiciones del traslado. Posteriormente, será la propia administradora la encargada de registrar la información de la solicitud en la PAST.
El reglamento permite que las administradoras realicen registros individuales o masivos. Una vez recibida la información, la plataforma efectuará automáticamente verificaciones relacionadas con la identidad y supervivencia del afiliado y el cumplimiento del periodo mínimo de permanencia en el régimen de origen. Reglamento traslados
La PAST también comprobará automáticamente si existen inconsistencias u omisiones en la información previsional remitida. Cuando encuentre problemas, comunicará las observaciones para que sean subsanadas y pueda continuar el procedimiento. Reglamento traslados
Después de que la ONP determine las unidades de aporte reconocidas en ambos sistemas, el afiliado deberá manifestar ante su administradora si está o no conforme con esa información. Si expresa su conformidad, continuará el proceso hasta que la SBS emita la constancia de traslado. Si manifiesta su desacuerdo, el traslado no se producirá y permanecerá en el SPP. Reglamento traslados
LA PAST TAMBIÉN INTERCAMBIARÁ INFORMACIÓN CON LA SUNAT
La digitalización del procedimiento no quedará limitada a la ONP, SBS y administradoras de fondos. El reglamento dispone que la determinación del régimen previsional de una persona y su actualización en la Planilla Electrónica se realizará sobre la base de la información proporcionada por la PAST, conforme a los mecanismos de interoperabilidad que se implementen con la SUNAT.
De esta manera, la plataforma se convertirá también en una fuente de información para actualizar el régimen al que pertenece el trabajador dentro de la Planilla Electrónica.
La interoperabilidad es precisamente uno de los objetivos contemplados en la implementación del nuevo sistema previsional, que busca fortalecer el intercambio de información entre las instituciones participantes.
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