Sunarp automatiza la vigencia de poder: empresas podrán obtenerla de manera inmediata desde el 1 de octubre

septiembre 25, 2026

El Certificado de Vigencia de Poder de Personas Jurídicas es uno de los documentos emitidos por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) de mayor dinamismo. Su importancia radica en que acredita la representación de las empresas y permite realizar transacciones comerciales. Su emisión puede tardar hasta tres días hábiles o tres horas en determinados casos.

Desde el 1 de octubre, las empresas podrán obtener de manera inmediata y automatizada el Certificado de Vigencia de Poder de Personas Jurídicas de la Sunarp. Mediante Resolución N.° 00212-2026-SUNARP/SN, la entidad automatizó la emisión de la vigencia de poder de empresas y, además, creó el canal “Vigencia Express”, que permitirá solicitar el documento directamente desde su sede digital sin necesidad de crear previamente un usuario y contraseña en el Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL). 

El cambio reduce potencialmente de horas o días a una atención inmediata la obtención del certificado en los casos que cumplan determinadas condiciones. 

LAS CLAVES DE LA NORMA
  1. La emisión del Certificado de Vigencia de Poder de Personas Jurídicas ya no depende de la intervención de un certificador. 
  2. “Vigencia Express” será un nuevo acceso directo desde la sede digital de Sunarp. 
  3. El certificado puede obtenerse inmediatamente. Una vez realizado el pago, si la partida cumple las condiciones establecidas, el sistema genera automáticamente el recibo y la vigencia de poder, que podrá descargarse o recibirse mediante un enlace enviado al correo electrónico. 
  4. No todas las vigencias podrán automatizarse. Para acceder a la emisión inmediata deben cumplirse simultáneamente seis condiciones: que la partida tenga un solo asiento; que la información no esté en tomos o fichas; que no exista un título pendiente de inscripción; que se trate de sociedades bajo la Ley General de Sociedades, EIRL o SACS; que el cargo tenga duración indefinida o indeterminada; y que anteriormente se haya expedido un certificado de vigencia de poder. 
  5. Si no cumple los requisitos, no se rechaza automáticamente. Cuando falta alguno de esos presupuestos, la solicitud presentada vía SPRL será derivada automáticamente al responsable de publicidad registral para su atención dentro del plazo ordinario establecido. 
  6. Tendrá mecanismos para comprobar su autenticidad. El certificado electrónico incorporará Código de Verificación Digital (CVD) y código QR. La verificación mediante CVD estará disponible en la web de Sunarp y en “Síguelo Plus” durante 90 días calendario desde su emisión.